El impago de las cuotas es, con diferencia, el problema más frecuente en las comunidades de propietarios. La buena noticia es que la ley da a la comunidad herramientas eficaces para reclamar. Le resumimos el camino.
1. El aviso amistoso
El primer paso siempre es comunicar al propietario, por escrito, el importe pendiente y desglosado. En muchos casos, un aviso claro y formal basta para regularizar la situación. Conviene dejar constancia del envío.
2. La pérdida del derecho de voto
En Cataluña, el artículo 553-24 del Codi Civil de Catalunya priva del derecho de voto en las juntas a los propietarios que no estén al corriente de pago de las deudas con la comunidad. Es un instrumento de presión legítimo y muy eficaz: conviene recordárselo al moroso en cada convocatoria de junta.
3. El requerimiento formal
Si el aviso no surte efecto, procede un requerimiento formal —habitualmente por burofax— que fija un plazo de pago, advierte de las acciones judiciales y, muy importante, interrumpe la prescripción de la deuda.
4. La reclamación judicial
Agotada la vía amistosa, la junta puede aprobar la reclamación judicial de la deuda. El procedimiento de propiedad horizontal es relativamente ágil, y la ley permite reclamar además los intereses y las costas.